GENERALIDADES:

DEL ÁREA DE CERTIFICACIÓN DE PROFESIONALES MÉDICOS:

  • De acuerdo con los enunciados del estatuto de la Sociedad Argentina de Hipertensión Arterial la Comisión Directiva ha creado el Área de Certificación de Profesionales Médicos en Hipertensión Arterial, la cual está integrada por un director, designado por la Comisión Directiva, con mandato renovable cada 4 (cuatro) años.

DE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR

  • El director podrá designar a sus colaboradores, pudiendo nombrar un subdirector del área, coordinadores regionales y vocales, los cuales integrarán una comisión de trabajo para desarrollar las tareas que oportunamente se les soliciten y de acuerdo con las necesidades que en cada circunstancia sea necesario.

DE LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN
Entre otras, será función de los miembros de la comisión:

  • 1. Establecer los lineamientos para la certificación y/o revalidación de la certificación, según corresponda, de los profesionales médicos, el cual deberá adecuarse, dentro de lo posible, a las recomendaciones sugeridas por el Consejo de Certificación de Profesionales Médicos (CCPM) y la Academia Nacional de Medicina, de acuerdo con el convenio firmado entre estas entidades y la Sociedad Argentina de Hipertensión Arterial (SAHA), por resolución de su Comisión Directiva.
  • 2. Evaluar las solicitudes de certificación y/o revalidación de la certificación de los médicos que así lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
  • 3. Certificar y/o revalidar la certificación de los profesionales médicos que hayan completado las exigencias del proceso de certificación.
  • 4. Revisar y actualizar los contenidos de este reglamento todas las veces que sea necesario.